PNB y la Liga de Juristas Béticos impugnan la Junta General de Accionistas

Junta AccionistasNos hacemos eco de la noticia distribuida ayer por la Agencia de Noticias Europa Press y que atañe a la demada de impugnación de la Junta General de Accionistas del Real Betis Balompié SAD. PNB anunciará a través de este medio la admisión a trámite de la citada demanda cuando este hecho acontezca.

POR NUESTRO BETIS Y LA LIGA DE JURISTAS BÉTICOS PRESENTAN ANTE EL JUZGADO DEMANDA DE IMPUGNACION DE LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS DEL REAL BETIS BALOMPIÉ S.A.D.

El pasado Viernes 11 de Abril, distintos accionistas pertenecientes a ambas Asociaciones y en representación de la Liga de Juristas Béticos y de la Asociación de Béticos de Base Por Nuestro Betis presentaron ante el Juzgado Mercantil una demanda de impugnación de acuerdos sociales en relación con la Junta General de Accionistas del Real Betis Balompié, S.A.D., convocada para el pasado día 19 de diciembre y celebrada finalmente el día 20 del mismo mes.

En el texto de la demanda, de un total de 48 páginas y elaborado por expertos en derecho mercantil, se pone de manifiesto, entre otros aspectos, los siguientes:

  • La situación de alarma social existente por la concatenación de determinadas circunstancias en relación con el club: entramados societarios con empresas vinculadas al máximo accionista que han sido analizados en sede judicial, sentencias condenatorias en los últimos tres años tanto en el  ámbito penal como fiscal, situación del convenio urbanístico, cesión de derechos urbanísticos a terceras empresas, situación económica del club a fecha 30 de Junio de 2006 en base a la propia auditoria anexa a las cuentas anuales, etc.
  • Los defectos de forma en la convocatoria de la Junta de accionistas, que conculcan al menos en dos aspectos la Ley de Sociedades Anónimas, lo que constituye ya de por sí motivo de nulidad.
  • La solicitud de información, en los plazos establecidos legalmente y claramente reflejada en acta notarial, en referencia a un amplio abanico de cuestiones por parte de centenares de accionistas, por sí mismos o representados a través de una plataforma de sindicación. Una solicitud de información, realizada mediante requerimientos notariales y burofax, que fue reconocida por parte del Consejo de Administración del club pero en ningún caso satisfecha ni de forma previa ni en el transcurso de la Junta.
  • La falta de respuesta, adicionalmente, a otras cuestiones planteadas verbalmente en la propia sesión por parte de varios accionistas, a lo que se añade el hecho de que a dos accionistas no se les permitió hacer uso de la palabra a pesar de haberlo solicitado ante Notario según lo establecido.
  • A la vulneración del derecho de información establecido en la Ley de S.A., se añade que por parte del Consejo se impidió el ejercicio de la acción social de responsabilidad contra los administradores.
  • En cuanto al desarrollo de la Junta, de sobras conocido, se introduce también como elemento las dudas más que razonables acerca del número real de acciones propiedad de Farusa, que han llevado a solicitar, paralelamente, la correspondiente indagación ante el Registro de Asociaciones Deportivas del Consejo Superior de Deportes.

En resumen, la demanda de impugnación se sustenta jurídicamente en la infracción de las normas de convocatoria de la Junta General de accionistas, del derecho de asistencia y del derecho de información, conformando todas ellas, a juicio de los demandantes, un amplio elenco de motivos de nulidad de la propia Junta y de los acuerdos en la misma adoptados.

Por último, señalar que, conforme ambas asociaciones manifestaron en su día, al basar el estudio de sus acciones legales en la existencia de acuerdos nulos, el plazo de prescripción de dichas acciones se elevaba a 12 meses, lo que ha permitido una preparación más elaborada y muy concienzuda en términos técnico-jurídicos del texto de la demanda que finalmente ha sido presentado.